La Eterna Emergencia Económica: El Impacto en los Derechos de los Acreedores Estatales por Sentencias Judiciales en Argentina

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Introducción

En las últimas décadas, Argentina ha vivido bajo el constante manto de una emergencia económica. Esta situación ha llevado a la implementación de medidas que, aunque justificadas por la necesidad de estabilizar las finanzas del Estado, han tenido un impacto negativo en los derechos de los acreedores estatales -por sentencia judicial- y en el propio sistema republicano de gobierno. Este artículo analiza las implicancias de estas medidas y las dificultades enfrentadas por los mentados acreedores al intentar ejecutar sentencias judiciales que implican pagos monetarios por parte del Estado.

Desarrollo

La emergencia económica que atraviesa Argentina ha sido utilizada como justificación para una serie de normativas1 que afectan la ejecución de sentencias judiciales que condenan al Estado al pago de sumas de dinero. Estas normativas han retrasado, y en muchos casos impedido, la ejecución de estas sentencias, creando un desmedro en los derechos de los acreedores estatales.

A modo de ejemplo, se puede citar alguna solución propuesta por el Poder Ejecutivo como la emisión de bonos de consolidación de deuda en lugar del pago en efectivo o en moneda de curso legal (vgr. Ley N° 23.982 y 25.344, más normativa modificatoria y reglamentaria). También se destaca la instauración de ciertos pasos burocráticos que hacen a la previsión presupuestaria para que el Estado consigne los gastos que conlleva los reconocimientos de deudas judiciales.

Estas medidas no solo postergaron el cumplimiento de las deudas, sino que -en muchos casos- transformaron la obligación original en una percepción a largo plazo, acompañada de intereses que no compensan el retraso. Esto implica que los acreedores no reciben lo que se les debe, sino un sustituto justificado por la emergencia económica.

A grandes rasgos, y para no ser muy extenso en esta reflexión, el marco normativo vigente permite distinguir entre dos regímenes en la ejecución de sentencias contra el Estado: uno para las que implican la entrega de sumas de dinero y otro para las que imponen obligaciones de hacer o de no hacer. Las primeras, las que interesan para este artículo, se dividen a su vez entre aquellas sujetas a un régimen de consolidación de deuda, regulado por leyes específicas, y aquellas que no lo están, las cuales dependen de la previsión presupuestaria y no pueden ser embargadas hasta que se verifique el cumplimiento del mecanismo establecido. La regla, salvo escasas excepciones, es la inembargabilidad estatal por un periodo de tiempo.

La complejidad burocrática2 que demora el pago de aquello reconocido por el juez o esta imposibilidad de embargar al estado en un periodo de indemnidad no son los únicos problemas advertidos, pues tambien se ve que la ejecución de las sentencias pasa de estar bajo la órbita del Poder Judicial y queda sujeta al control y actuar del Poder Ejecutivo, subvirtiendo el orden constitucional y la división de poderes.

La prolongada situación de emergencia ha llevado a la implementacion de herramientas que implican una serie de reestructuraciones de la deuda estatal y que evidencian -a la postre- que las soluciones temporales inicialmente propuestas como paliativos siguen fracasando. En el proceso de cobro, los acreedores estatales se ven atrapados en una espiral de ajustes y demoras.

Conclusión

La situación actual demuestra que la dilación en el cumplimiento de las sentencias judiciales contra el Estado no solo vulnera el derecho a la tutela judicial efectiva, el derecho a la propiedad y el derecho a la igualdad, sino que también socava la confianza en el sistema de justicia. La declaración de la emergencia económica, que debería ser una medida temporal, se ha convertido -lamentablemente- en una condición permanente que justifica la implementación de medidas contra el pago hacia acreedores estatales que demuestran una constante violación de sus derechos.

Para restablecer el principio de la tutela judicial efectiva y proteger los derechos de los ciudadanos, es imperativo que las decisiones judiciales se cumplan en tiempo y forma. La dilatación en la ejecución de sentencias no debe ser la norma, y se deben adoptar medidas que garanticen la eficacia y celeridad en el cumplimiento de las obligaciones judiciales.

En resumen, la perpetuación de la emergencia económica y las soluciones implementadas han llevado a una situación insostenible. Es fundamental que se adopten medidas concretas para asegurar que el Estado cumpla con sus obligaciones judiciales y que los derechos de los acreedores sean plenamente respetados. Solo así se podrá restaurar la confianza en el sistema judicial y en la protección de los derechos fundamentales en Argentina.

  1. Se destaca que -actualmente- la Ley N° 27.742 volvió a declarar la emergencia pública en varios órdenes. ↩︎
  2. La Administración suele ser renuente a cumplir con las órdenes judiciales, obligando a los acreedores a atravesar un largo y farragoso trámite para recibir sus pagos, lo que, en muchos casos, resulta ineficiente y exasperante. ↩︎