La confiscatoriedad y el ajuste por inflación impositivo: reflexiones a partir del caso “CARSA SA”

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Introducción

La interrelación entre la justicia tributaria y los principios constitucionales constituye un eje central en el análisis del derecho tributario. El caso «CARSA SA c/ Dirección General Impositiva» brinda una oportunidad inigualable para reflexionar sobre la aplicación del ajuste por inflación impositivo y su impacto en la garantía contra la confiscatoriedad, reconocida por el artículo 17 de la Constitución Nacional. La resolución de la Corte Suprema de Justicia en este caso no solo reafirma la relevancia del principio de no confiscatoriedad, sino también plantea interrogantes sobre la interpretación de la prueba pericial en el ámbito tributario.

Desarrollo

El conflicto jurídico surge a partir de la determinación del impuesto a las ganancias correspondiente al período fiscal 2002. La aplicación del ajuste por inflación se encontraba en el centro del debate, ya que de los informes periciales presentados por ambas partes se desprendía la inexistencia de una renta gravable. La Sala III de la Cámara Nacional de Apelaciones en lo Contencioso Administrativo Federal concluyó que no existía suficiente evidencia para acreditar un supuesto de confiscatoriedad, apoyándose en la imposibilidad de determinar porcentajes específicos debido al quebranto arrojado.

En contraposición, la Corte Suprema estableció que dicha conclusión era arbitraria. Según el más alto tribunal, el hecho de que los resultados arrojados fueran negativos no eliminaba la comprobación de un supuesto confiscatorio, sino que lo reforzaba. Este razonamiento se encuentra en consonancia con el precedente “Candy” (Fallos: 332:1571), donde se sostuvo que la confiscatoriedad se configura cuando la carga tributaria absorbe de manera sustancial o total la renta gravada, impidiendo su obtención efectiva.

Cabe destacar que, en este caso, el ajuste por inflación no fue aplicado, lo cual desdibujó la realidad económica del contribuyente. Como señala Giuliani Fonrouge, “una legislación tributaria que desatienda la existencia de fenómenos inflacionarios puede devenir en confiscatoria al gravar rentas ficticias”[1]. Esta omisión genera un impacto que trasciende lo técnico y afecta derechos constitucionales fundamentales.

Desde una perspectiva doctrinaria, Villegas define la confiscatoriedad como “la pérdida de la capacidad contributiva debido a una exacción fiscal excesiva que viola el principio de proporcionalidad”[2]. Por su parte, García Vizcaíno refuerza esta idea al señalar que “no es suficiente con la existencia de una ley formalmente válida, sino que su contenido debe ser razonable y equitativo”[3]. Estas posiciones encuentran eco en el fallo analizado, donde la Corte Suprema subraya que el principio de confiscatoriedad no admite relativizaciones, siendo una garantía esencial para la protección de los contribuyentes frente a abusos fiscales.

Conclusión

El caso «CARSA SA» marca un precedente significativo en la evolución del derecho tributario argentino al reafirmar la importancia del ajuste por inflación como herramienta para garantizar la justicia tributaria. La Corte Suprema, al descalificar por arbitraria la sentencia de la cámara, no solo restableció el equilibrio entre la potestad fiscal y los derechos individuales, sino que también revalidó el rol de la prueba pericial como instrumento esencial para garantizar decisiones fundamentadas.

En un contexto económico donde la inflación sigue siendo un fenómeno recurrente, resulta indispensable reflexionar sobre la necesidad de adaptar las legislaciones tributarias a las realidades económicas y sociales. Como se deriva del presente caso, el respeto a los principios constitucionales no solo enriquece el ordenamiento jurídico, sino que también fortalece la confianza en las instituciones y asegura un sistema tributario equitativo y sostenible.

[1] Giuliani Fonrouge, Carlos M., Derecho Financiero, Ed. Depalma, Buenos Aires, 2004, p. 215.

[2] Villegas, Héctor B., Curso de Finanzas, Derecho Financiero y Tributario, Ed. Astrea, Buenos Aires, 2001, p. 387.

[3] García Vizcaíno, Alberto, Principios Constitucionales del Derecho Tributario, Ed. La Ley, Buenos Aires, 2010, p. 129.